El 1 de marzo de 2010, el Tribunal Canadiense de Comercio Internacional anunció que decidió no presentar la revisión a medio plazo de los antidumping y antisubvenciones en tornillos de paneles de yeso originarios de China continental y Taipei Chino.
El 6 de enero de 2010, el Tribunal concluyó que la reanudación del dumping de ciertos elementos de fijación de acero al carbono de China y el Taipei Chino, y la reanudación de las subvenciones de China a esos productos probablemente causarían daño a la rama de producción nacional. Por lo tanto, la Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá (CBSA) continuará imponiendo derechos antidumping y compensatorios sobre estos productos. El Tribunal también constató que era improbable que el vertimiento de ciertos elementos de fijación de acero inoxidable del Taipei Chino causara daño. Por lo tanto, la CBSA no continuará imponiendo derechos antidumping sobre estos productos.
El 22 de enero de 2010, una empresa canadiense llamada Leland Industries Inc. solicitó al Tribunal de Comercio Internacional de Canadá, alegando que los tornillos de paneles de yeso no deberían excluirse del producto en cuestión, por lo que se requiere una revisión intermedia de investigaciones antidumping y antisubvenciones en paneles de yeso tornillos originarios de China continental y Taipei Chino. El Tribunal Canadiense de Comercio Internacional consideró que, si los tornillos de paneles de yeso se incluían en el producto afectado, deberían modificar los códigos de aduanas del producto afectado. Si bien según las leyes y reglamentos pertinentes de Canadá, el Tribunal no inicia revisiones sobre los productos que están fuera del producto afectado. Por lo tanto, el Tribunal decidió no presentar la revisión a medio plazo de antidumping y antisubvenciones en tornillos para paneles de yeso originarios de China continental y Taipei Chino.